24 de Septiembre 334
C.P .4000 - S. M. de Tucumán
de 08:00 a 13:00 hs
(0381) 4524670/71/72
Agencia Norte
Av. Salta 790
(esq. Santa Fé)
de 08:00 a 13:00 hs
4226448

HABILITACION COMERCIAL -REQUISITOS MINIMOS PARA LA HABILITACION DEL LOCAL

LUGAR Y HORARIO

    

Repartición: Sub. Dirección de Habilitación de Negocios – D.I.M.

Domicilio: Av. Salta esq. Santa Fe

Teléfonos: (0381) 4226448

Horario de Recepción: Lunes a Viernes 08:00 a 13:00 Hs.

    

FORMULARIOS INTERVINIENTES

    

Formulario FHN 1 Consulta de Uso Conforme

Formulario de Declaración Jurada de las Actividades que se desea desarrollar. Ésta consulta determina si las actividades que desea explotar en la zona están permitidas en el Código de Planeamiento Urbano vigente (Por TRIPLICADO).

Formulario FHN 2 Solicitud de Habilitación

Formulario para el inicio del Expediente de Habilitación (Por TRIPLICADO).

Formulario FHN 3 Novedades de Habilitación

Formulario para Novedades en la Habilitación (Por TRIPLICADO).

Formulario FOT 30

Formulario de Declaración Jurada del Tributo a la Publicidad y Propaganda - Contribuciones que inciden sobre la Ocupación y/o Uso de espacios de dominio público (Por TRIPLICADO). IMPORTANTE: Éste Formulario debe ir acompañado de un soporte en CD conteniendo las imágenes del Local comercial.

Formulario Nota de Solicitud de Nueva Inspección

Formulario para la Solicitud de una nueva inspección. Éste formulario se usa cuando surgieron observaciones en la primera visita de inspección (Por DUPLICADO).

    

NORMAS LEGALES

    

    »   DECRETO Nº 3836/S.Gral/15

    »   DECRETO Nº 4396/SEH/15

    »   DECRETO Nº 4775/SEH/15

    »   RESOLUCION GENERAL Nº 010/19

    »   ORDENANZA Nº 2648/98 (CODIGO DE PLANEAMIENTO URBANO)

    

REQUISITOS - DOCUMENTACION

    

Abonar un timbrado y completar los requisitos que se detallan para caso:

    

    •   Para realizar una Habilitación Presione aquí

    •   Para realizar un Cambio de Razón Social Presione aquí

    •   Para realizar un Anexo de Local Presione aquí

    •   Para realizar un Cambio de Domicilio Presione aquí

    •   Para realizar un Anexo de Rubro Presione aquí

    •   Para realizar una Transferencia Presione aquí

    

REQUISITOS - TÉCNICOS BÁSICOS

    

    ✓    NORMAS DE SEGURIDAD MÍNIMAS (pueden variar según el Rubro a Habilitar):

    

        •   Por cada 50 metros cuadrados un matafuego de 5kg tipo ABC, ó cada 100 metros cuadrados uno de 10KG.

        •   1 (un) Luz de Emergencia cada 6 metros lineales.

        •   Acceso: la puerta debe abrir hacia afuera.

        •   En vidrieras hacia la calle el vidrio debe ser del tipo laminado o blindex.

        •   Carteles Reglamentarios: horario de atención, salida, riesgo eléctrico en tablero, prohibido fumar.

    

    ✓    INSTALACIÓN ELÉCTRICA

    

        •   Jabalina de puesta a tierra (todos los tomas corrientes deberán tener conexión a tierra en particular y la instalación en General)

        •   Toda la instalación deberá estar embutida, en caso de no ser embutida deberá ser conducida mediante cable canal (NO COLGANDO, NI CON CAÑO CORRUGADO, USAR CAÑO RIGIDO METALICO Ó DE PVC EXCEPTO CUANDO SE TRATE DE CIELORRASO DE MADERA en cuyo caso debe ser caño rígido metálico)

        •   Cables de tipo reglamentario (Unifilares, tipo taller, etc). NO SE ADMITEN CABLES TIPO PARALELO (EN VAINA)

        •   Conexión Monofásica - Del Tablero General:

            »   Llave termomagnética de corte general (Bipolar)

            »   Interruptor diferencial bipolar (Disyuntor)

            »   Llaves termomagnéticas bipolares en todos los circuitos.

            »   Símbolo eléctrico reglamentario en tapa.

            »   Tablero independiente para el local (no se comparte con otros ambientes que no correspondan al local).

            »   El tablero debe tener su respectiva tapa y contratapa.

        •   Conexión Trifásica - Del Tablero General:

            »   Llave termomagnética de corte general (Bipolar).

            »   Interruptor diferencial tetrapolar (Disyuntor).

            »   Llaves termomagnéticas bipolares en todos los circuitos.

            »   Símbolo eléctrico reglamentario en tapa.

            »   Tablero independiente para el local (no se comparte con otros ambientes que no correspondan al local).

            »   El tablero debe tener su respectiva tapa y contratapa.

    

NOTA: LOS REQUISITOS ANTES MENCIONADOS SON MINIMOS, PUDIENDO EXISTIR OTROS QUE DEPENDERAN DEL TIPO DE RUBRO Y SUPERFICIE A HABILITAR.

    

    ✓   CARPETA TÉCNICA: DECRETO 2754/SEH/19

    

          Se solicitará carpeta tecnica aprobada por la Dirección de Defensa Civil (Plano de Seguridad, Resolución aprobatoria y Certificado de Inspección Final) y Final de Obra otorgada por la Dirección de Catastro y Edificación, en los siguientes casos:

    

        •   Locales comerciales cuya superficie sea superior a los 300 metros cuadrados.

        •   Locales comerciales cuya superficie no sea superior a los 300 metros cuadrados pero sean destinados a la explotación de los siguientes rubros.

            1)   Establecimiento dedicado a instrucción pre-escolar, primaria, secundaria y/o universitaria, ya sea pública o privada.

            2)   Galerias, ferias, mercados, conjunto de locales comerciales y establecimientos similares.

            3)   Estación de expendio de combustibles liquidos y/o GNC.

            4)  Locales situados en padrones afectados al régimen de propiedad horizontal o que deberían encontrarse afectados a dicho régimen por sus caracteristicas, cualquiera fuera la actividad que van a desarrollar en el mismo.

            5)   Lugares de concurrencia publica denominados como whiskerias, boites, dancing, café concert, cabaret, etc, cuando tenga salón, pista de baile o escenario para espectáculos. Asimismo, los destinados a realización de fiestas o bailes de cualquier tipo y características.

            6)   Policlínicos, sanatorios, preventorios,maternidad y clínica, asilo, geriátrico, centros educativos terapéuticos.

            7)   Salas de teatro, cine o similares y las iglesias o templos con acceso al público.

            8)   Estadio abierto o cerrado, establecimiento o clubes deportivos o culturales.

            9)   Playa de estacionamiento y/o guardería de vehículos (Ord. 119 bis/77).

    

    La presente información contiene los requisitos basicos y generales; consultar en las oficinas de la Sub Dirección de Habilitación de Negocios por otros rubros que requieran especial atención.

    

INSPECTORES AUTORIZADOS

    

        •   SANTILLAN, MARIO A. – Legajo 20.300

        •   HARO, EDUARDO R. – LEGAJO 20.543

        •   BRITO, OMAR JESUS – LEGAJO 20.579

        •   CHAVEZ, JUAN CARLOS – LEGAJO 22.001

        •   HERRERA, RAMON O. – LEGAJO 22.117

        •   SEGLI, SERGIO – LEGAJO 22.969

        •   OSORES, VICTOR – LEGAJO 23.156

        •   TORTI VARELA, NATALIA – LEGAJO 27.598

        •   JAIME, YANINA MARIA – LEGAJO 27.838

        •   VILDOZA, FABIAN – LEGAJO 22.479

        •   ROMANO, ARMANDO E. – LEGAJO 27.760

        •   PRADOS, EXEQUIEL – LEGAJO 38.951

        •   JIMENEZ, DIEGO M. – LEGAJO 38.952

        •   AHUMADA, JOSE I. – LEGAJO 27.742

        •   KUTTER, NORMA B. – LEGAJO 20.543

        •   DECIMA, DANIEL – LEGAJO 20.771