LUGAR Y HORARIO
Reparticin: Sub. Direccin de Habilitacin de Negocios D.I.M.
Domicilio: Crisostomo Alvarez 229
WhatsApp: 3813647186
Horario de Recepcin: Lunes a Viernes 08:00 a 13:00 Hs.
FORMULARIOS INTERVINIENTES
Formulario Resolucin 19/2024 - Empadronamiento del Tributo Econmico Municipal
Formulario para el inicio del Empadronamiento en el Tributo Econmico Municipal segn procedimiento establecido por Resolucin 19/2024. (Por TRIPLICADO).
Formulario Resolucin 20/2024 - Solicitud de Habilitacin / Novedades
Formulario para el inicio del Expediente de Habilitacin o para informar Novedades segn corresponda. (Por TRIPLICADO).
Formulario Nota de Solicitud de Nueva Inspeccin
Formulario para la Solicitud de una nueva inspeccin. ste formulario se usa cuando surgieron observaciones en la primera visita de inspeccin (Por DUPLICADO).
Formulario Nota Inspeccin General
Formulario para la inspeccin general. Observaciones del Inspector en la primera visita. (Por DUPLICADO).
Formulario Habilitacin de Negocio
Formulario Requisitos Generales para Habilitacin de Negocio. (Por DUPLICADO).
NORMAS LEGALES
DECRETO N 3836/S.Gral/15
DECRETO N 4396/SEH/15
DECRETO N 4775/SEH/15
RESOLUCION GENERAL N 010/19
ORDENANZA N 2648/98 (CODIGO DE PLANEAMIENTO URBANO)
REQUISITOS - TCNICOS BSICOS
✓ NORMAS DE SEGURIDAD MNIMAS (pueden variar segn el Rubro a Habilitar):
Por cada 50 metros cuadrados un matafuego de 5kg tipo ABC, cada 100 metros cuadrados uno de 10KG.
1 luz de emergencia por ambiente o dependencia y 1 por escalera si hubiera.
Acceso: la puerta debe abrir hacia afuera.
En vidrieras hacia la calle el vidrio debe ser del tipo laminado o blindex.
Carteles Reglamentarios: horario de atencin, salida (pintado verde), riesgo elctrico en tablero (pintado amarillo), prohibido fumar.
✓ INSTALACIN ELCTRICA
Jabalina de puesta a tierra (todos los tomas corrientes debern tener conexin a tierra en particular y la instalacin en General)
Toda la instalacin deber estar embutida, en caso de no ser embutida deber ser conducida mediante cable canal (NO COLGANDO, NI CON CAO CORRUGADO, USAR CAO RIGIDO METALICO DE PVC EXCEPTO CUANDO SE TRATE DE CIELORRASO DE MADERA en cuyo caso debe ser cao rgido metlico)
Cables de tipo reglamentario (Unifilares, tipo taller, etc). NO SE ADMITEN CABLES TIPO PARALELO (EN VAINA)
Conexin Monofsica - Del Tablero General:
Llave termomagntica de corte general (Bipolar)
Interruptor diferencial bipolar (Disyuntor)
Llaves termomagnticas bipolares en todos los circuitos.
Smbolo elctrico reglamentario en tapa.
Tablero independiente para el local (no se comparte con otros ambientes que no correspondan al local).
El tablero debe tener su respectiva tapa y contratapa.
Conexin Trifsica - Del Tablero General:
Llave termomagntica de corte general (Bipolar).
Interruptor diferencial tetrapolar (Disyuntor).
Llaves termomagnticas bipolares en todos los circuitos.
Smbolo elctrico reglamentario en tapa.
Tablero independiente para el local (no se comparte con otros ambientes que no correspondan al local).
El tablero debe tener su respectiva tapa y contratapa.
NOTA: LOS REQUISITOS ANTES MENCIONADOS SON MINIMOS, PUDIENDO EXISTIR OTROS QUE DEPENDERAN DEL TIPO DE RUBRO Y SUPERFICIE A HABILITAR.
✓ CARPETA TCNICA: DECRETO 2754/SEH/19
Se solicitar carpeta tecnica aprobada por la Direccin de Defensa Civil (Plano de Seguridad, Resolucin aprobatoria y Certificado de Inspeccin Final) y Final de Obra otorgada por la Direccin de Catastro y Edificacin, en los siguientes casos:
Locales comerciales cuya superficie sea superior a los 300 metros cuadrados.
Locales comerciales cuya superficie no sea superior a los 300 metros cuadrados pero sean destinados a la explotacin de los siguientes rubros.
1) Establecimiento dedicado a instruccin pre-escolar, primaria, secundaria y/o universitaria, ya sea pblica o privada.
2) Galerias, ferias, mercados, conjunto de locales comerciales y establecimientos similares.
3) Estacin de expendio de combustibles liquidos y/o GNC.
4) Locales situados en padrones afectados al rgimen de propiedad horizontal o que deberan encontrarse afectados a dicho rgimen por sus caracteristicas, cualquiera fuera la actividad que van a desarrollar en el mismo.
5) Lugares de concurrencia publica denominados como whiskerias, boites, dancing, caf concert, cabaret, etc, cuando tenga saln, pista de baile o escenario para espectculos. Asimismo, los destinados a realizacin de fiestas o bailes de cualquier tipo y caractersticas.
6) Policlnicos, sanatorios, preventorios,maternidad y clnica, asilo, geritrico, centros educativos teraputicos.
7) Salas de teatro, cine o similares y las iglesias o templos con acceso al pblico.
8) Estadio abierto o cerrado, establecimiento o clubes deportivos o culturales.
9) Playa de estacionamiento y/o guardera de vehculos (Ord. 119 bis/77).
La presente informacin contiene los requisitos basicos y generales; consultar en las oficinas de la Sub Direccin de Habilitacin de Negocios por otros rubros que requieran especial atencin.
INSPECTORES AUTORIZADOS
SANTILLAN, MARIO A. Legajo 20.300
HARO, EDUARDO R. LEGAJO 20.543
BRITO, OMAR JESUS LEGAJO 20.579
CHAVEZ, JUAN CARLOS LEGAJO 22.001
HERRERA, RAMON O. LEGAJO 22.117
SEGLI, SERGIO LEGAJO 22.969
OSORES, VICTOR LEGAJO 23.156
TORTI VARELA, NATALIA LEGAJO 27.598
JAIME, YANINA MARIA LEGAJO 27.838
VILDOZA, FABIAN LEGAJO 22.479
ROMANO, ARMANDO E. LEGAJO 27.760
PRADOS, EXEQUIEL LEGAJO 38.951
AHUMADA, JOSE I. LEGAJO 27.742
FARIAS, WALTER DAMIAN. LEGAJO 22.113