24 de Septiembre 334
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Tributo Económico Municipal

Programa de Alivio Fiscal

Condiciones para acceder al beneficio

  • El beneficio se otorga a contribuyentes y/o responsables del tributo que inician su actividad a partir del 01/01/2023
  • Que se encuadren en las categorias A, B, o C según párametros de categorización vigente al momento del empadronamiento

Beneficios

  • Contribuyentes y responsables que inicien su actividad hasta el 31/10/2023 e incorporen al menos un empleado en relación de dependencia, estarán exceptuados del pago del tributo durante 12 meses, desde la fecha de inicio de su actividad económica.
  • Contribuyentes y resposables que no incorporen empleados en relación de dependencia, estarán exceptuados del pago del tributo desde el inicio de su actividad económica hasta la posición de 09/2023, cuyo vencimiento opera en el mes de Octubre 2023.

IMPORTANTE

  • En ambos casos mencionados precedentemente, los contribuyentes y/o responsables deberán cumplir con todos los deberes formales vigentes, establecidos en el Código Tributario Municipal - Ordenanza 4536/2013, Decreto N° 4775/SEH/15 y sus modificaciones.
  • Si durante la vigencia del beneficio el contribuyente y/o responsable supera la categoria "C" está obligado a informar al Organismo Fiscal tal situación y abonar el tributo resultante a partir del periodo que ello ocurra, ya que pierden los beneficios establecidos en el Programa de Alivio Fiscal.
  • MAIL DE CONSULTA: dimnegocios@smt.gob.ar